jueves, 9 de mayo de 2013


              2013



TRANSPORTE FERROVIARIO
Según el Modelo.





























Depto. de Prensa y Comunicación

Auditoría General de la Nación

www.agn.gov.ar



El sistema de transporte se encuentra bajo la égida del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, en el área de la Secretaria de Transporte (SE).
A pesar del desarrollo del sistema ferroviario argentino, cualquier análisis detallado señalaría numerosas deficiencias tanto por el lado de la participación estatal como por el sector privado: promesas incumplidas, fallas contractuales, modificaciones sucesivas y el hecho de que el dinero estatal siguió, a pesar de todo incumplimiento, solventando negocios.
Los informes publicados sobre el tema muestran en detalle varias de las fallas cometidas y las fragilidades institucionales para la envergadura de los acuerdos en gestión ylos controles requeridos.
En 1991 se decide la división en bloques del sistema ferroviario nacional, considerando a los trenes de pasajeros del Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA)como un conjunto separado. 
Una vez definido el terreno, se encaró el proceso de
concesiones hacia el sector privado, mediante licitaciones en el nivel internacional, y se reservó la función estatal a los entes de regulación y de control.


Sin embargo, estas disposiciones no implicaban delegar hacia un plano inferior el alto grado de responsabilidad requerido. 
Por el contrario, el compromiso debía incrementarse, en especial dentro del AMBA, donde estaban en juego cuantiosos subsidios destinados a cubrir los gastos de explotación del sistema –que requería desde hacía mucho tiempo un fuerte mantenimiento– y de la realización de otras inversiones necesarias.
Se fijaron mínimos de calidad y se estableció que toda diferencia entre los gastos e ingresos efectivos y los estimados, ya fuera positiva o negativa, quedaría a cargo de la empresa privada.
El sistema metropolitano de pasajeros, finalmente, fue divido en siete ramales, es decir, en siete concesiones diferenciadas numéricamente:
* Grupo de Servicios 1 y 2 (ex Líneas Mitre y Sarmiento) a Trenes de Buenos Aires S.A.C. (en adelante, TBA), cuyo contrato fue aprobado por el Decreto 730, de fecha
23 de mayo de 1995. 
La empresa tomó posesión de los bienes concesionados por el Estado Nacional el 27 de mayo de 1995



* Grupo de Servicios 3 (Subterráneos y ex Línea-Urquiza) a Metrovías S.A., cuyo contrato fue aprobado por el Decreto 26.084, de fecha 22 de diciembre de 1993. La empresa inició sus operaciones en los servicios adjudicados el 1º de enero de 1994.
* Grupo de Servicios 4 (ex Línea General Roca) a Transportes Metropolitanos General Roca S.A.C., cuyo contrato fue aprobado por el Decreto 2333, de fecha 28
de marzo de 1994; en 2007 se rescinde el contrato y se hace cargo de la operación del servicio la empresa UGOFE S.A.
* Grupo de Servicios 5 (ex Línea San Martin). Transportes Metropolitanos Gral. San Martín S.A. (TMS) hasta que UGOFE S.A. toma posesión en 2004.
* Grupo de Servicios 6 (ex Línea Belgrano Norte) a Ferrovías S.A.C. (en adelante,Ferrovías), cuyo contrato fue aprobado por el Decreto 430, de fecha 22 de marzo de1994. 
Ferrovías inició sus operaciones el 1º de abril de 1994.
* Grupo de Servicios 7 (ex Línea Belgrano Sur). Transportes Metropolitanos Belgrano Sur S.A. (TMB). 
Se rescinde el contrato y en 2007 UGOFE S.A. se
adjudica la concesión.



Se dio origen desde entonces, bajo este dibujo ferroviario, a un compromiso tanto desde el sector estatal, con subsidios dirigidos hacia los proyectos de inversión, como del privado, responsable de mejoras en la calidad y eficiencia del servicio, de las que las
empresas privadas debían rendir cuentas.
El esquema se completó en 1996 con la creación de la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT), la cual debía concentrar sus recursos en el control y la fiscalización de los operadores, la protección de los derechos del usuario y el cumplimiento de los contratos ferroviarios metropolitano e interurbano de pasajeros y de carga.
Comenzó a crecer la demanda, y algunos ramales comenzaron a declarar niveles cercanos a la saturación. Esto puso de manifiesto la necesidad de incrementar el monto de las inversiones previstas en los contratos anteriores. 
Consecuentemente, en 1997 comenzaron las primeras renegociaciones.
En este marco se instruyó a la Secretaría de Obras Públicas y Transporte del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos a renegociar e introducir
modificaciones en los Contratos de Concesión de los Servicios de Transporte Ferroviario de
Pasajeros de superficie y subterráneos.
El resultado fue la suscripción de Addendas a los Contratos de Concesión, las que se indican a continuación:
*  TBA, Decreto 210/99 (16/03/99).
*  Metrovías, Decreto 393/99 (21/04/99).
*  TMR, Decreto 1416/99 (26/11/99).
*  Ferrovías, Decreto 1417/99 (26/11/99).
(En informes posteriores se vieron algunas otras modificaciones).
Las obras, los proyectos y los gastos involucrados en el sistema ferroviario requieren un control pormenorizado. La AGN puso el lente en varias etapas del proceso
para entender cómo este fue llevado a cabo y si fue acorde a lo que dictaba su normativa.
Sin embargo, en lo que respecta a la normativa, el órgano auditor detectó en varias oportunidades la falta de precisión y el abuso de normas. 
El sistema ferroviario se ha desenvuelto bajo un cuerpo legal complejo, problemático y susceptible de discordia.
Al respecto hay un punto que sirve como ejemplo de las vulnerabilidades presentes.
Al inspeccionar el estudio llevado a cabo por TBA, “...que habilitaba la instancia renegociadora del Contrato de Concesión original, plasmando las pautas a las que iba a

ceñirse la readecuación...
”1, se observó que este fue realizado en base al nivel de desarrollo económico de 1996, que para la época ya se había modificado. 
Sin embargo, no se requirió ni se planteó un estudio más actualizado, que contemplase situaciones como por ejemplo:
*  1 Informe AGN 2002. 
Examen especial de los resultados económicos obtenidos de la aplicación del Contrato de
Concesión del servicio de transporte ferroviario de pasajeros celebrado con Trenes de Buenos Aires S.A. (ex líneas Mitre y Sarmiento), del grado de cumplimiento del mismo y de los contenidos propuestos en la renegociación para su modificación.
*  distintos niveles de demanda con el efecto consiguiente en la financiación e inversión del plan,
*  la variación en la distribución geográfica de la población,
*  el aumento o disminución de la motorización.
Habría sido razonable realizar esa actualización si se pretendía renegociar contratos de manera que se multiplicara varias veces el monto monetario y a su vez el compromiso de triplicar la duración.

Tampoco hubo estudios precisos sobre la razonabilidad de los precios surgidos de las Addendas –determinados por el concesionario para cada obra– ni sobre sus
factibilidades técnicas.
De todos modos, los montos renegociados iban en aumento. 
La AGN fiscalizó la información contable de la concesión de TBA. Al momento de la primera firma, el Estado
se había comprometido a financiar las inversiones por un valor aproximado de $349 millones. 
Con las modificaciones introducidas por la Primera Addenda, la inversión ascendió a $2140 millones aproximadamente, un incremento del 612% con respecto al monto original. 
Con la Segunda Addenda se redujo a $1500 millones, un incremento del 420%. 
El informe hace hincapié en la necesidad de una estructura empresaria mínima para gerenciar inversiones de tamaña envergadura, lo cual tampoco fue tomado en cuenta.
Otros aspectos que remarcó la AGN se refieren a los índices de rentabilidad en diferentes períodos. 
Algunos llamaron poderosamente la atención:
“El análisis de la estructura del activo de TBA S.A. indica que la Sociedad ha realizado Inversiones financieras a corto y largo plazo por montos significativos.

Estas han denotado un incremento anual del 50% en promedio, con respecto al año inmediato anterior y a su vez representan una parte muy importante de los ingresos
operativos. 
Asimismo puede observase que las citadas inversiones representan entre
el 23 y el 38% del total del activo de TBA S.A. y en los dos últimos años, superan el patrimonio neto”.
Hay cierta incoherencia en incrementar las inversiones (corrientes y no corrientes) en las magnitudes señaladas y al mismo tiempo mantener préstamos bancarios, con el
agravante de no cancelar las obligaciones al vencimiento, tal como lo señalan tanto el Informe del auditor como el Informe de la Comisión Fiscalizadora, que firman el Balance al 31/12/1999.
En cuanto al cumplimiento de las condiciones requeridas para el acceso y mantenimiento del derecho a la percepción de los bienes fideicomitidos, el informe de
AGN 2002 señala: “…se informa sobre el régimen de penalidades, expresando que (...) la sociedad no ha tenido ninguna penalidad. 
Según constancias de la C.N.R.T., el Concesionario ha sido pasible de penalidades...”.

Por último, surgió de los registros contables un punto alarmante. 
La AGN detectó pagos efectuados a los accionistas en concepto de “Honorarios por Asesoramiento Técnico
para la preparación, análisis y estudio del Plan de Inversiones y del Material Rodante” y
“Honorarios por asesoramiento técnico puesta en marcha” para el período 1995-1999, que
fueron “superiores a la utilidad neta de impuestos que surgían de los balances de la empresa para el mismo período, importando ello un ingreso libre de riesgos para los mismos mientras que para el Concesionario forman parte del costo de explotación”.
Desde 1998 hasta el 2002, a pesar de las renegociaciones, el transporte ferroviario
metropolitano continuó con la tendencia descendente. 
El clima económico era crítico. 
El período registró un “amesetamiento” de la cantidad de pasajeros transportados y durante el 2001 y el 2002 sufrió una caída promedio de más del 20% respecto de 1999. 
Esto impactó con fuerza sobre las concesiones debido a que sus ingresos se fundamentaban en el pago de
boleto de los transportistas.
El nuevo Plan de Inversiones debía contemplar esta situación y superar esas deficiencias. 

Entre los avances se había acordado un nuevo método de financiamiento, diagramado en su mayor parte a través de aumentos tarifarios en proporción a lo señalado
por los índices de calidad estipulados. 
LA CNRT era la responsable del seguimiento de la
calidad del servicio, valorizándolo por medio de un índice que combinaba mediciones objetivas de la calidad de la oferta programada, el cumplimiento de la programación y de las restantes especificaciones relativas al servicio prestado al público.
El sector empresario alegó que la devaluación cambiaria de 2002 condenó al sistema al elevar los costos, dejando comprometidas sus rentabilidades, por lo que reclamaron mayor flexibilidad en los incumplimientos contractuales, mientras aumentaron las deficiencias en las entregas de servicios y no todos los ramales eran capaces de cubrir
los huecos operativos, adeudados desde hacía tiempo. A partir de allí, hubo un cambio de gran relevancia.
La crítica situación de los ferrocarriles urbanos fue reconocida por el Gobierno en el 2002, al declararse el Estado de Emergencia de la prestación del transporte público ferroviario de pasajeros concesionado. 
Se suspendieron todas las obras de inversión y se

estableció, a cambio, un programa de emergencia de obras y trabajos indispensables y de prestación del servicio.
Primeramente se redefinieron las políticas de subsidios, que con el correr de los años se hicieron cada vez más elevados. 
Otra medida fue la prohibición del aumento de
tarifas acordado. 
Se asumió el financiamiento y pago de las obras del programa de  emergencia, por medio de aportes presupuestarios, fondos recaudados en concepto de
ingresos adicionales por tarifa destinados al Fondo de Inversiones constituido a partir de dichos ingresos y de otros aportes estatales.
Pero fundamentalmente, lo que el Estado de Emergencia Ferroviaria decretaba a través del Poder Ejecutivo Nacional era la determinación taxativa de la totalidad de los servicios que debían ser brindados por los Concesionarios. 
El nuevo contexto redefinió de manera más flexible los contratos. 
Este marco, como bien lo indica su nombre, nació como respuesta inmediata a un estado problemático de carácter especial. 
Por lo tanto su funcionamiento debía ser temporario.

Por entonces la AGN se encargó de mostrar algunas debilidades de este proceso, que lógicamente acarreó deficiencias previas que hicieron más vulnerables los mecanismos de control y regulación. 
En efecto, los contratos bajo el ámbito de emergencia permitieron operar con determinados atribuciones de privilegio. 
Hasta el día de la fecha esta situación temporaria del aparato legal se encuentra vigente. 
A la par, las funciones reguladoras, condicionadas por un marco legal limitado, empeoraron su proceso de desvalorización.
Casi de inmediato se debió dejar prácticamente de lado el nuevo índice de calidad de referencia, es decir un indicador objetivo para comparar la evolución del servicio
ofrecido y alentar su mejora. Para ello se preveía su introducción previa y en función de los resultados otorgar alicientes tarifarios (aumentos de tarifa) pero quedó reducido a un simple elemento de monitoreo.
En cuanto a los procedimientos de control implementados y el accionar de la CNRT para las condiciones y requerimientos de los contratos, se verificaron deficiencias:
*  No existe un Manual de Procedimientos aprobado.

*  El control de los servicios no respondió a una planificación aprobada por autoridad superior, sino a un programa de trabajo elaborado por el Área que no siempre se cumple.
*  Presentaron deficiencias en su ejecución que alteraron su confiabilidad
. No se realizaron controles sistemáticos y por el contrario éstos son discrecionales y carecen de
significatividad respecto al universo determinado por la
Resolución 115/02- M. Producción - Anexo III, resultando en consecuencia insuficientes.
*  Los informes que envía la CNRT a la Secretaría de
Transporte en correspondencia con la Resolución 126/03- M.Producción, se sustentan en datos provisorios, informan solamente la cantidad de servicios prestados, globalmente y sin el detalle correspondiente a la exigencia establecida; no efectúan apreciación alguna sobre el cumplimiento o no de estos servicios, ni ratifican o rectifican posteriormente la información provisoria.

Por otra parte, la elaboración de la adecuación del nuevo régimen de penalidades que propuso el marco emergente quedó relegada a la ST. Nuevamente, la AGN registró que este régimen de multas fue aplicado parcialmente por la CNRT “desestimando las
constataciones realizadas sobre la información inexacta que proveen recurrentemente los Concesionarios”.
A mediados de 2004, el esquema comenzó a explotar. Se rescindió el Contrato de Concesión de la empresa Transportes Metropolitanos Gral. San Martín S.A., concesionariade la línea San Martín, debido a los graves incumplimientos contractuales de la empresa.
Asimismo en el 2007, se rescindieron los Contratos de Concesión de la empresa
Transportes Metropolitanos Gral. Roca S.A. y Transportes Metropolitanos Belgrano Sur
S.A., concesionarias de las líneas Roca y Belgrano Sur respectivamente, por la misma razón.
Dada la imposibilidad de cancelar el funcionamiento de las líneas ferroviarias, se consensuaron acuerdos que otorgarían operatividad y diligencia al servicio. 
Las líneas pasaron a estar operadas por la Unidad de Gestión Operativa Ferroviaria de Emergencia

(UGOFE S.A.), compuesta por el resto de las empresas concesionarias de la Red Metropolitana, es decir, Metrovías S.A., Ferrovías S.A.C. y Trenes de Buenos Aires S.A.
Estos contratos administrativos se celebraron indefectiblemente bajo el nuevo marco de emergencia, que constituye un nuevo híbrido en la forma de contratación estatal. 
La excepcionalidad de la situación permitió que hasta el día de la fecha no haya plazos definidos para la prestación de sus servicios. 
Los acuerdos definieron que “…El operador
prestará los servicios ferroviarios hasta que se defina la modalidad para su prestación o concluya por mutuo acuerdo entre las partes...”, configurándose de este modo un plazo indeterminado para la prestación.
De hecho, hay indicios de que la circunstancia extraordinaria se ha convertido en algo habitual y ordinario, transportando como algo intrínseco las severas faltas de control.
El corolario observado es un manejo acotado del riesgo empresario a causa de: indemnidada favor del operador, ausencia completa de régimen de penalidades y sujeción de retribución a ingresos entre los que se cuentan los gastos de explotación estimados. 
Al respecto, la CNRT informó por Nota IGCE N 002759/08 “…que no había aplicado penalidades debido a la inexistencia de reglamentación”.
Además, los nuevos contratos cuentan con la particularidad de que no fueron ratificados por el PEN. Sin este formato, el acuerdo se ha limitado a la figura del mandato, en el que el operador no asume el riesgo propio del negocio, mientras presta el servicio por cuenta y orden del Estado Nacional, sin que la selección del concesionario cumpliera con el procedimiento de licitación pública. A su vez, la AGN informó que los procedimientos mediante los cuales se contrataron trabajos y obras de mantenimiento, además de no estar
dispuestos en los Acuerdos de Gerenciamiento, no garantizaron el cumplimiento de los principios de publicidad, concurrencia, competencia y transparencia que deben regir en materia de contrataciones públicas.
Por su parte, la concurrencia de oferentes estuvo limitada a la invitación efectuada por carta exclusivamente a los proveedores inscriptos en el registro de proveedores del operador. 

Además, careció de difusión y publicidad en todas las etapas del procedimiento, e incluso los actos de apertura resultan de carácter privado.
En cuanto a un análisis de los estados contables, para los tres servicios entregados por UGOFE S.A., se detectaron diferencias entre lo estimado en las respectivas resoluciones, aprobándose los gastos mensuales, y lo realmente ejecutado. Asimismo
hubieron demoras en los procesos de aprobación de las readecuaciones de las estimaciones de gastos mensuales –han significado reconocimientos retroactivos que llegaron hasta los siete meses–, los atrasos en las rendiciones de cuenta de la UGOFE S.A. para los plazos
estipulados en los respectivos Acuerdos de Gerenciamiento, y las tardanzas significativas
de la ST en la aprobación de las rendiciones de cuenta.
Ferrocarriles de carga.
En sus auditorías a las distintas concesiones de ferrocarriles de carga en el nivel nacional, la AGN ha comprobado, en términos generales, incumplimientos reiterados de las obligaciones contractuales en materia de Programa de inversiones obligatorias, mantenimiento y pago del canon. Incumplimientos que en reiteradas ocasiones, hubieran permitido la rescisión del contrato por culpa del concesionario.

Por ello, la AGN ha recomendado con insistencia:
1) Requerir a los Concesionarios el máximo detalle en los informes anuales de
inversión, con expresa mención de las unidades comprometidas y ejecutadas en el período y
de los porcentajes de avance acumulados para cada uno de los rubros.
2) Exigir a los Concesionarios implementar los programas de mantenimiento de infraestructura, material rodante y señalamiento, a fin de evitar mayores deterioros del sistema concesionado. Instar al cumplimiento de los ciclos de mantenimiento previstoscontractualmente para las locomotoras.
3) Exigir al Concesionario el pago de las multas y sanciones, debiendo la Autoridad de Aplicación agilizar la culminación de los procesos pendientes.


Si quisiera ver ese informe completo aquí está el link.http://www.agn.gov.ar/informe_despouy/informe_completo.pdf
Atte.

El Director.

miércoles, 8 de mayo de 2013


             2013



EL PERONISMO.































Mi comentario


político


de la semana


Por :

Raul AlejandroVerblud.

Una bolsa de gatos reproduciéndose.
Los libros de Instrucción Cívica nos dicen que un Partido Político es un grupo de ciudadanos que se unen de forma lícita en torno a una idea y la presentan al electorado para acceder al poder en elecciones libres . . .  

Ver nota completa en :
- - - - - - - - - - - - - - - -*

lunes, 6 de mayo de 2013

                                             2013



Esteban Bullrich.

























Con el Consejero de
Educaciónde la Xunta 
de Galicia.
3 de mayo de 2013.

El Ministro de Educación porteño, Esteban Bullrich, mantuvo este mediodía un encuentro con su par de la Xunta de Galicia, el Conselleiro de Educación y Ordenación Universitaria Jesús Vásquez Abad, con quién analizó la posibilidad de profundizar e intercambiar experiencias de gestión entre la Ciudad de Buenos Aires y Galicia

Durante la reunión que se desarrolló en la cartera educativa porteña, Bullrich sostuvo que el Plan Sarmiento provee a través de una red wimax la conexión a Internet en toda la ciudad a alumnos y docentes de escuelas públicas.                                     
Esto posibilita que 90 mil familias que no tenían acceso a internet en la ciudad, puedan disfrutar de la nueva tecnología. Bullrich manifestó que “estamos haciendo un trabajo con mucha humildad, donde estamos convencidos que la educación es igualdad de oportunidades”.

El funcionario porteño recordó que la ciudad mantiene convenios y trabajos conjuntos con Uruguay a través del intercambio de experiencias con el Plan Ceibal y el Plan Sarmiento, Ecuador dónde equipos técnicos vienen trabajando en la evaluación docente y en la construcción de índices de calidad que ha desarrollado el gobierno de Correa, y con Brasil a partir del trabajo comunitario con familias que realiza el país vecino.                                                                               
Vásquez Abad se mostró interesado en la búsqueda de experiencias tecnológicas entre alumnos y capacitación docente, “buscando un punto de encuentro entre ambas jurisdicciones”.
Esteban Bullrich.








BIOGRAFÍA

Nací el 26 de mayo de 1969 en la Ciudad de Buenos Aires. 

Estoy casado con María Eugenia y tengo cuatro hijos.

Al finalizar mis estudios en los Estados Unidos, enseñé matemáticas en orfanatos en Nicaragua a través de la Fundación Padre Fabretto. 
Allí comprendí que una buena educación es la que permite el desarrollo de un niño y la que garantiza una vida adulta exitosa, incluso cuando se proviene de hogares carenciados.

Fui becario de la Fundación Eisenhower Fellowships, donde profundicé mis conocimientos en políticas públicas educativas.

Desde la Fundación Carta Política impulsé el programa “Formar Argentina” cuyo fin es mejorar la educación inicial y la calidad docente a través de los municipios.

La crisis de 2001 terminó de forjar mi vocación pública.                   Dejé la PYME que habíamos fundado con mi hermano para convertirme en asesor parlamentario. 
En 2005 fui elegido Diputado Nacional, labor de la que tomé licencia a principios de 2008 para presidir durante seis meses el ministerio de Desarrollo Social porteño en el gobierno de Mauricio Macri. El 5 de enero de 2010 asumí la conducción del Ministerio de Educación lo que significa una nueva oportunidad para trabajar en la escuela que necesitamos: una institución que debe sostenerse en la interacción de un triángulo virtuoso: entre los padres, docentes y alumnos.
*****************************************************************
Editorial.

En primer lugar, siempre pongo las cosas en claro.
La fortaleza de mi Independencia periodistica, es que no pertenezco a ningún partido político, que soy crítico y ácido,
y como no me debo a nadie, a nadie tengo que calificar mejor que lo que merece.
En cuanto a la nota de hoy, 7 de mayo con el Licenciado Esteban Bullrich, ministro de ecucación del gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, tiene una sola razón.
Frente a los viejos fracasados de mi generación, que se propusieron destruir la Argentina, unos por maldad innegable, 
y el resto por mirar su propio ombligo y permitirlo.
Es de tal manera que teniendo Bullrich la edad de no de mis hijos, es muy joven, creo que intenta generar una potencialidad diferente,  al frente del único ministerio que no puede ser negado por nadie con dos dedos de frente.
Mire, Cristina  arruinó al país sin ministros.
Pero si uno solo,  de los ocupantes de sus ministerios fuera un poco capáz, y se ocupara de la educación, quizás este desastre descomunal pudiera ser mucho menor, y me refiero al Ministro de Educación de la Nación. 
Con solo un poco de esfuerzo, dedicación e idoneidad para la función, el daño seria mucho menor, y mas facilmente reparable.
Hoy por primera vez  tengo la oportunidad de conversar con este joven funcionario, que me causa la sensación de que busca caminos nuevos, y viendo su frescura y muy buena preparación académica, creo que puede mucho, frente a los 
ineptos que pululan por los distintos lugares donde se toma desición, y francamente, no se puede creer como pueden sumar tanta inutilidad en un solo paquete.
Le damos a Bullrich, un campo de prueba,  no le regalaremos 
tiempo extra, Argentina, la gente, nosotros, nuestros hijos, y en especial nuestros nietos exigen ya un plan universal de Educación, para volver a la Argentina que fuimos; o no seremos nada.
El Director.

viernes, 3 de mayo de 2013


             2013



¿Quien es?


Gabriela



Knaul.


La Señora. Gabriela Knaul tomó sus funciones como Relator Especial sobre la Independencia de Jueces y Abogados, el 1 de agosto de 2009. 
Ella tiene más de 10 años de experiencia como juez en Brasil y es un experto en la justicia penal, en particular sobre cuestiones de debido proceso, sentencia y ejecución de la pena, así como la administración de los sistemas judiciales.
       Ha trabajado con directores de prisiones como supervisor judicial para garantizar el respeto y la protección de los derechos humanos de los presos y detenidos en una variedad de entornos de detención, incluidas las prisiones de alta seguridad. Antes de ser nombrado como Relator Especial, Sra. Knaul trabajó con el Consejo Nacional de Justicia de Brasil, en un proyecto para mejorar el funcionamiento del Poder Judicial, en particular, la independencia y la imparcialidad de los jueces, sino también la eficacia del sistema judicial.          
Posee una Maestría en Derecho Público y Privado de la Universidad de São Paulo y un MBA en Gestión Judicial de la Fundación Getulio Vargas en Rio de Janeiro. 
         También ha dado numerosas conferencias como profesor de Derecho en las Universidades de Primavera do Leste, Rondonópolis y Cuiabá.
         Como Relator Especial, visitó Bulgaria, Colombia, México, Mozambique y Rumanía en misión oficial y ha participado en varios eventos académicos y profesionales de los jueces, magistrados y abogados en Amsterdam y La Haya (Países Bajos), Dakar (Senegal), Ginebra ( Suiza), Estambul (Turquía), Kiev (Ucrania), Male (Maldivas), Mar del Plata (Argentina), Montevideo (Uruguay), Ciudad de Praia (Cabo Verde), Seúl (República de Corea) y Tegucigalpa (Honduras) .

"Señoras y señores,
Del 19 al 26 noviembre de 2012, llevé a cabo una misión oficial a El Salvador, en mi calidad de Relatora Especial de las Naciones Unidas sobre la independencia de los magistrados y abogados. El propósito de mi visita fue examinar, con espíritu de cooperación y de diálogo constructivo, los progresos realizados por El Salvador para garantizar la independencia de los jueces, magistrados, fiscales y abogados en cumplimiento de sus obligaciones en materia de derechos humanos. 
Al mismo tiempo, examinar los obstáculos encontrados para que los operadores del sistema judicial cumplan sus funciones de manera eficiente, eficaz, adecuada y apropiada.
Permítanme comenzar expresando mi agradecimiento al Gobierno de El Salvador por haberme invitada a visitar el país. 
En particular, me gustaría extender mi agradecimiento al Ministerio de Relaciones Exteriores, por facilitar un interesante y productivo programa de reuniones y visitas en San Salvador y Santa Ana. 
También me gustaría dar las gracias a la Oficina del Coordinador Residente de las Naciones Unidas por su apoyo en la organización de esta misión. 
La apertura mostrada por el Gobierno antes y durante mi visita demuestra su compromiso y voluntad de cooperar con los mecanismos internacionales de derechos humanos en la solución de los problemas pendientes que enfrenta El Salvador en el ámbito de la administración de justicia.
También me gustaría aprovechar esta oportunidad para subrayar que soy una experta independiente que reporta a, y aconseja, el Consejo de Derechos Humanos y la Asamblea General de la ONU. 
Aunque nombrada por el Consejo de Derechos Humanos, no estoy empleada por las Naciones Unidas y el cargo que ocupo es honorario. 
Como experta independiente ejerzo mi análisis profesional e informo directamente a los Estados Miembros de las Naciones Unidas.
Durante mi visita, tuve el privilegio de reunirme con altos funcionarios del Gobierno, incluyendo el Ministro de Justicia y Seguridad Pública, el Presidente y miembros de la Asamblea Legislativa, el Presidente y varios magistrados de la Corte Suprema de Justicia, incluso miembros de la Sala de lo Constitucional, magistrados y jueces de las diferentes instancias judiciales, el Auditor Fiscal y fiscales de la Fiscalía General de la República, la Procuradora General de la Procuraduría General de la República y sus funcionarios, y el Procurador de la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos y sus funcionarios, abogados, miembros de organizaciones de profesionales, y representantes de organizaciones internacionales, organizaciones no gubernamentales internacionales y locales, académicos y organismos de las Naciones Unidas. 
Me gustaría aprovechar esta oportunidad para agradecer a todas las personas e instituciones por su hospitalidad y por la información que me compartieron.
Con base en la información reunida durante mi visita, voy a preparar un informe con mis conclusiones y recomendaciones orientadas a reforzar la independencia y eficacia del sistema de la justicia en El Salvador. 
El informe será presentado en el 23o periodo de sesiones del Consejo de Derechos Humanos, a realizarse en Ginebra en junio de 2013. 
Hoy, me limitaré a hacer algunas observaciones y recomendaciones preliminares sobre algunas de las cuestiones que, junto con otras, se estudiarán con más detalle en mi informe que presentaré al Consejo de Derechos Humanos.
  En primer lugar, me gustaría felicitar a El Salvador por sus esfuerzos para pasar de un régimen militar a una democracia. 
  Los Acuerdos de Paz de 1992 sentaron las bases de la separación de poderes y la independencia del Órgano Judicial, que constituyen requisitos previos esenciales para el Estado de derecho. 
  La Constitución establece, en su artículo 172, que la potestad de juzgar y hacer ejecutar lo juzgado corresponde exclusivamente al Órgano judicial, y que los magistrados y jueces son independientes y están sometidos exclusivamente a la Constitución y a las leyes en el ejercicio de sus funciones jurisdiccionales.
   La independencia judicial, en todo momento, cumple un papel crucial en la defensa del Estado de derecho, en la lucha contra la impunidad y en la defensa de los derechos humanos y las libertades fundamentales. 
    Su implementación requiere de la creación de un entorno propicio para la toma de decisiones independientes, imparciales y justas que permita a los magistrados y jueces decidir sobre asuntos que conocen con imparcialidad, basándose en los hechos y en conformidad con la ley, sin restricción alguna y sin influencias, interferencias, presiones, amenazas o intromisiones indebidas, sean directas o indirectas, de cualesquiera sectores o por cualquier motivo.
        En particular, el Órgano judicial funciona como un poder de control esencial sobre los otros poderes del Estado. 
        Por lo tanto, es de suma importancia que el sistema judicial esté libre de presión política o cualquier otra forma de presión. 
        En El Salvador, siguen existiendo, serias interferencias de otras ramas de los poderes públicos, tal como se demostró en la reciente crisis institucional entre la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia y la Asamblea Legislativa. 
    Estas amenazas a la independencia institucional del Órgano judicial deberían ser evaluadas y tratadas con carácter de urgencia.
    La tensión entre la Asamblea Legislativa y la Sala de lo Constitucional, que culminó con la sentencia de la Sala de lo Constitucional declarando inconstitucional los nombramientos de magistrados de la Corte Suprema y sus suplentes efectuados por la Asamblea Legislativa en 2006 y 2012, socavó gravemente la independencia del Órgano judicial y el principio de separación de poderes. 
       Uno de los hechos más preocupantes que se produjeron durante la crisis institucional fue la decisión sin precedentes de la Asamblea Legislativa de presentar una demanda en contra de la Sala de lo Constitucional ante la Corte Centroamericana de Justicia. 
      Esta decisión, además de ser cuestionable desde un punto de vista jurídico, demostró una profunda falta de respeto a la autoridad de la Sala de lo Constitucional, que es la más alta autoridad judicial de El Salvador para la interpretación de la Constitución.
      En este sentido, me gustaría recordar que las normas internacionales de derechos humanos exigen que todas las instituciones gubernamentales y de otra índole respeten la independencia del Órgano judicial. 
        Las interferencias en el proceso judicial son inadmisibles, y las sentencias no están sujetas a revisión externa. 
Permítanme insistir en este punto: las decisiones de las autoridades judiciales no pueden ni deben ser interpretadas por otros órganos del Estado, sino que sólo tienen que ser respetadas y cumplidas.
     He recibido información sobre los diferentes atentados contra la Sala de lo Constitucional, entre ellos los esfuerzos para desacatar sus decisiones a través de denuncias argumentando que la Sala excede su mandato; la negativa de la Asamblea a recibir la notificación de las sentencias de la Corte; la no publicación de las sentencias en el Diario Oficial; intimidaciones e intentos de remover a los magistrados de la Sala; y la creación de comisiones especiales de la Asamblea Legislativa para evaluar la constitucionalidad de las sentencias de la Sala de lo Constitucional. 
     Todos estos actos constituyen, en mi punto de vista, ejemplos concretos de atentados a la independencia del Órgano judicial.
     Esta crisis demuestra que el actual proceso de nombramiento de los magistrados de la Corte Suprema de Justicia no ofrece garantías suficientes para asegurar que son seleccionados sobre la base de criterios objetivos y equitativos. 
        La Asamblea Legislativa debe establecer un proceso de selección más riguroso, y transparente, basado en los méritos de los candidatos a magistrados de la Corte Suprema. 
    Sólo a través de ese proceso se podrá fortalecer el Órgano judicial y el Estado de derecho en El Salvador.
      Con el fin de garantizar la independencia del Órgano judicial, el nombramiento de magistrados y jueces debe seguir criterios objetivos claramente definidos y establecidos en las normas y el procedimiento de nombramiento. 
      Se requiere que las personas seleccionadas para ocupar cargos judiciales sean personas independientes, íntegras e idóneas y con capacitación y calificaciones adecuadas para el cargo. 
      La falta de transparencia y escrutinio público durante el proceso de selección continúa favoreciendo la presión y las interferencias de los partidos políticos y grupos económicos en la selección de magistrados, lo que dificulta la independencia institucional del poder judicial.
      Deben desarrollarse métodos apropiados para la selección y nombramiento de los magistrados para evitar cualquier riesgo de que sean nombrados por motivos indebidos.
      Consideraciones similares pueden hacerse con respecto a la selección y el nombramiento de los otros actores claves para la administración de justicia en El Salvador, como son los magistrados y jueces de tribunales y juzgados de instancias inferiores, el Fiscal General de la República y los Concejales del Consejo Nacional de la Judicatura.
        El Consejo Nacional de la Judicatura, que de acuerdo con la Constitución (artículo 187) es una institución independiente, actualmente prepara la lista de candidatos para magistrados y jueces de los tribunales de instancias inferiores. 
     Considero, no obstante, que la composición del Consejo, que incluye un solo representante del poder judicial entre sus siete Concejales, es inadecuada para permitir que esta institución represente y defienda eficazmente los intereses de los miembros del poder judicial. 
      Su independencia debe ser fortalecida. Recomiendo la revisión de la composición de esta institución, a fin de asegurar que la mayoría de los miembros sean magistrados y jueces. 
      También considero que algunas de las competencias administrativas ejercidas actualmente por la Corte Suprema de Justicia, por ejemplo competencias relacionadas al Instituto de Medicina Legal, al traslado de reos y a procedimientos disciplinarios, deben ser revisadas y transferidas a otras instituciones.
       Estoy muy preocupada por la falta de acuerdo en la Asamblea Legislativa para nombrar al nuevo Fiscal General de la República. 
       El Fiscal General tiene un papel crucial a desempeñar en la garantía de la legalidad, la lucha contra la corrupción y la impunidad y la protección de los derechos humanos y las libertades fundamentales. 
       Me preocupa seriamente que la situación actual provoque una nueva crisis institucional. 
       El nuevo Fiscal General debe ser nombrado únicamente sobre la base de su integridad, independencia, competencia y capacidad, mediante un proceso abierto y transparente.
       Quisiera también abordar la situación especialmente difícil que enfrentan los servicios de la fiscalía. 
       La falta de suficientes recursos humanos y financieros de la Fiscalía General afecta negativamente la capacidad de los fiscales para iniciar el proceso de investigación. 
        Esto se traduce en una tasa de condenas extremadamente baja, y contribuye a aumentar el sentimiento general de impunidad en la sociedad. 
        Con el fin de mejorar la calidad de los servicios de la fiscalía, debería asignársele a la Fiscalía General recursos financieros adicionales para mejorar las condiciones de servicio de los fiscales y su formación legal y profesional.
         Las cuestiones relacionadas con los procedimientos de suministro de pruebas, especialmente en los casos penales, y la necesidad de mejorar la calidad de las investigaciones realizadas por la policía también tienen un impacto en la lucha contra la impunidad. 
      Aunque estoy consciente de que una evaluación directa del funcionamiento de la policía se encuentra fuera de la prerrogativa de mi mandato, quisiera subrayar que, cuando los servicios de investigación no funcionan adecuadamente, eso tiene un impacto directo y negativo sobre la capacidad de los servicios de la fiscalía para seguir adelante con los casos y, en consecuencia, afecta la administración de justicia.
Deseo subrayar la importancia de contar con una formación jurídica y profesional de calidad, incluida la formación continua, para todos los actores del sistema judicial. Soy consciente de que en El Salvador existen cursos de formación profesional para impartir formación inicial y continua para jueces, fiscales y abogados. La capacitación debe ser disponible y accesible a todos los magistrados, jueces, fiscales y abogados, sin importar el nivel en el que operan, y deben incluir módulos específicos sobre el derecho internacional de los derechos humanos y su aplicación en el plano nacional.
Sin embargo, parece que las instituciones de capacitación existentes no disponen de suficientes recursos humanos, técnicos y financieros para ofrecer posibilidades de formación adecuadas a las personas involucradas en la administración de justicia. Me gustaría aprovechar esta oportunidad para alentar a las instituciones del sistema de las Naciones Unidas, la comunidad de donantes y las organizaciones de la sociedad civil para brindar cooperación técnica y asistencia financiera a las instituciones nacionales de capacitación en el desarrollo de currículos de educación y formación profesional de calidad.
Permítanme decir algunas palabras sobre el papel de la sociedad civil en la promoción de un sistema transparente, equitativo, accesible, sólido e independiente de administración de justicia. 
La crisis institucional entre el poder judicial y el poder legislativo ofrece la oportunidad para que se exija que las instituciones sean más abiertas y transparentes. Un poder judicial imparcial e independiente sirve como un control esencial sobre los otros poderes del Estado, y juega un papel importante para garantizar que la ley se aplique por igual a todos. Me gustaría incentivar al pueblo de El Salvador a participar en el proceso de la reforma judicial para contribuir a la construcción de un sistema de administración de justicia más fuerte y más independiente con jueces y magistrados independientes.
      Para concluir, permítaseme ofrecer algunas recomendaciones preliminares sobre la manera de fortalecer la independencia del poder judicial en El Salvador.
         Insto a todas las instituciones del Estado a respetar y cumplir con las sentencias de los tribunales nacionales, incluyendo las sentencias de la máxima autoridad legal para la interpretación de la Constitución, la Sala de lo Constitucional. 
         Atentados a la Sala de lo Constitucional y a sus miembros y la negativa a acatar las sentencias de la Corte deben cesar. Como he mencionado antes, las sentencias de las autoridades judiciales no pueden ni deben ser interpretadas por otros órganos del Estado, sino que deben ser cumplidas.
        En cuanto a la selección y nombramiento de magistrados y jueces, incluyendo a magistrados de la Corte Suprema de Justicia, recomiendo que la Asamblea Legislativa considere revisar el procedimiento previsto en la Constitución, a fin de garantizar que magistrados y jueces sean nombrados exclusivamente en base a sus calificaciones, y no por su proximidad real o presunta a los partidos políticos.
Hago un llamamiento a las distintas fuerzas políticas en el seno de la Asamblea Legislativa a llegar a un acuerdo sobre los requisitos básicos para la elección del Fiscal General y a nombrar al nuevo Fiscal General teniendo en cuenta únicamente su independencia, integridad, competencia y capacidad profesional para el desempeño del cargo. 
        Como en el caso de la elección de los magistrados de la Corte Suprema, es de importancia crucial asegurar que el proceso de selección del nuevo Fiscal General sea abierto y transparente.
Por último, quiero subrayar que es deber de todas las instituciones gubernamentales y de cualquier otra índole respetar y observar la independencia del poder judicial. 
       Ha llegado el momento de despolitizar todo el sistema de administración de justicia, a fin de garantizar que los magistrados y jueces tengan la posibilidad de decidir sobre los asuntos que conozcan con imparcialidad, basándose en los hechos y en conformidad con la ley, sin restricción alguna y sin influencias, interferencias, presiones, amenazas o intromisiones indebidos, sean directos o indirectos, de cualesquiera sectores o por cualquier motivo.
Gracias por su atención.