sábado, 16 de noviembre de 2013

Luces y Sombras...


2013




LUCES Y



SOMBRAS 



EN LOS 150 AÑOS DE LA CORTE SUPREMA.

Por :
Jorge Ricardo Enriquez.
Abogado (Justa Causa)

Se cumplen en 2013 los 150 años de vida de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. No es casual que la Corte se hubiera instalado en los primeros días de 1863. Apenas tres meses antes había asumido la presidencia Bartolomé Mitre, iniciando el largo y feliz período constitucional que habría de terminar el 6 de septiembre de 1930. La Argentina unificada luego del Pacto de San José de Flores iniciaba la aventura –tras medio siglo de luchas civiles bien podemos llamarla así- de vivir bajo una Constitución, a la luz del modelo norteamericano que los constituyentes habían adoptado como faro.

En el mismo momento en que se inició ese ciclo se sancionó la primera ley de organización de la justicia federal, la 27; y al año siguiente, la 48. Ambas siguen parcialmente vigentes y son los cimientos del gran edificio de la justicia federal. La Corte nace en ese clima auspicioso con excelentes augurios cuando Mitre designa en ella a quienes habían sido sus adversarios políticos.

Claro que en 150 años hubo de todo. La Corte no pudo sustraerse a los vaivenes de la política argentina. Tuvo juristas de notable enjundia y otros que no podrían haberla integrado si se atendía exclusivamente a sus méritos profesionales o académicos. Limitó los excesos del poder, pero también en algunas oportunidades fue un mero instrumento del Poder Ejecutivo. Contribuyó a consolidar el sistema republicano, pero en ocasiones prestó su aval a gobiernos de facto, como lo hizo a través de la Acordada del 10 de septiembre de 1930 que legitimó (o, por lo menos, se abstuvo de deslegitimar) el golpe de Uriburu. Y es especialmente triste señalar este hecho, porque los hombres que integraban la Corte en ese momento eran juristas prestigiosos y personas de bien. Muchas veces el clima de la época se impone con una fuerza irresistible.

Se dice que la Corte tiene un rol político, que excede el meramente jurisdiccional. Eso es cierto en la medida en que el control de constitucionalidad tiene siempre, aun cuando sea ejercido por un juzgado de primera instancia, un componente político, en el más alto sentido de este término. En el caso de la Corte, ese rol es mucho más nítido, porque es el último tribunal y sus resoluciones son, para el caso concreto en el que se expide, definitivas. Pero su prestigio debe surgir de un esfuerzo de buena fe para que sus interpretaciones de la Constitución y las leyes no se funden en las valoraciones personales de sus miembros. Sin esa saludable autorrestricción (el “self restraint” de los norteamericanos), los votos de la Corte serían una opinión más en la arena del debate y, como tales, no sólo no tendrían esa ejemplaridad que deben tener, sino que presentarían un serio déficit de legitimidad democrática, dado que la creación de normas corresponde a las autoridades que emergen del voto popular.

En el mismo sentido, no parece compatible con los principios republicanos que un cuerpo legal de la importancia del Código Civil sea redactado por quienes después deberán interpretarlo desde los estrados judiciales y eventualmente pronunciarse sobre la constitucionalidad de algunos de sus artículos.

Una cosa es el diálogo respetuoso e institucional entre los poderes; otra, muy distinta, las conversaciones de trastienda que, si no lo son, dejan la incómoda apariencia de negociaciones que enturbian la confianza que debe merecer el alto tribunal.

En definitiva, ni imposición de las propias valoraciones por fuera del proceso político, ni abdicación de limitar al poder cuando éste, como lo vemos claramente en los últimos años, cree que la Constitución es un simple obstáculo que puede y debe sortearse cada vez que la necesidad del Príncipe lo determine.

Dentro de ese cauce, la labor de la Corte es esencial como último intérprete de la Constitución. Que cumpla 150 años es un grato motivo de celebración. Rescatemos sus mejores tradiciones y edifiquemos sobre ellas el porvenir de un Poder Judicial vigoroso e independiente, sin el cual nuestras libertades no serían más que polvo en el viento.
Viernes 15 de noviembre de 2013

Dr. Jorge R. Enríquez
jrenriquez2000@gmail.com
twitter: @enriquezjorge.