miércoles, 21 de enero de 2015

La muerte mas absurda.

Rodolfo Atilio Griffa
¡ Quien     
 es …      
 Quien ¡
En la 
Argentina 
de Hoy.

Por :


MI
Hoy : 
Más 
sobre
el caso 
Nisman

Por :

Ex-Juez.





La versión oficial seguramente dirá que el señor Fiscal Federal doctor Alberto Nisman abandonó su terapia psicoanalítica, que se encontraba bajo estado de depresión anímica, y que esa situación personal lo llevó a decidir sobre su propio suicidio; ello no obstante bien vale detenerse en la convergencia de ciertos indicadores que de ningún modo permiten descartar la probabilidad de un suicidio inducido (instigado) bajo extorsión, ya fuere orquestado desde los propios factores del poder político actualmente en turno o bien por factores relacionados a sectores de los servicios de inteligencia de la República Argentina; veamos entonces: 
a) Alberto Nisman era muy celoso y cuidadoso de su propio prestigio.
b) Obsesivo con su tarea y meticuloso hasta el último detalle; 
c) Durante diez años apostó a llevar correctamente su tarea en el caso Amia apostando -además- a que esa misma labor lo llevara a progresar y ascender en su carrera judicial.
d) El miércoles pasado (entrevista en TN) se lo vio hiperquinético, hiperactivo, contundente, claro en los conceptos, decidido. 
e) Existe una enorme ventana entre las 11 hs. del domingo pasado (cuando Nisman dejó de responder llamados y mensajes de su madre, de su custodia), hasta las 22 hs. en que la custodia presidencial con personal de Prefectura Naval Argentina ingresan al departamento de Nisman con la ayuda de un cerrajero; 
f) Recién la fiscal criminal llegó a la escena del crimen muchas horas después 
(El Secretario de Seguridad Sergio Berni estuvo merodeando por el edificio Le Parc -Puerto Madero- MUCHO ANTES de que llegara la Fiscal; de hecho, él debió haber ido a buscarla personalmente y de inmediato e ingresar acompañado de ella al edificio, cosa que no sucedió)
g) Le Parc Puerto Madero es jurisdicción territorial asignada a la Prefectura Naval Argentina y no a la Policía Federal; 
h) Se trata de la muerte dudosa (suicidio a secas, o bien suicidio instigado bajo probable extorsión, u homicidio) ocurrida respecto de UN FISCAL FEDERAL; 
i) Y un Fiscal Federal que estaba investigando un caso que remite por su naturaleza jurídica a un delito FEDERAL (atentado a la AMIA y redes de complicidades y encubrimiento posterior al atentado)
j) Con lo cual NO SE ENTIENDE como interviene en el caso de la muerte dudosa del fiscal federal doctor Alberto Nisman la Justicia ordinaria (Fiscal y Juez de instrucción), cuando debería intervenir, por razones de jurisdicción territorial y por la razón de la investidura federal del fiscal la Justicia Federal porteña ; 
k) En lo personal no creo que Nisman se suicidase de motu propio a 24 hs. de declarar ante el Parlamento, y luego de diez años de esforzada tarea en el caso y menos cuando tenía el temario ya estudiado y preparado (estaba bien “afilado”); 
l) Me inclino en lo personal por conjeturar que fue instigado por factores del poder político (del mismo gobierno o de facciones de los servicios de inteligencia) a suicidarse bajo extorsión seguramente sobre la base de alguna información reservada (clasificada) sobre aspectos de su vida personal, profesional o cuestiones de tipo patrimonial (de su entorno familiar). 
m) El doctor Nisman ya estaba condenado a muerte -públicamente- por la República teocrática de Irán por el solo hecho de haber imputado a cinco funcionarios iraníes en el atentado de la AMIA
n) En un caso o en otro la custodia afectada a la protección de Nisman no actuó en esta emergencia con el debido deber de cuidado. 
ñ) Otro dato: personal de su Fiscalía le habría facilitado al doctor Nisman una pistola Bersa calibre 22 con la cual se habría efectuado el disparo; este es un dato fundamental y habrá que esperar a que ese colaborador directo del doctor Nisman declare sobre el punto;
o) Es cierto que la Dra. Alejandra Gils Carbó le ofreció reforzar la custodia policial al doctor Nisman, pero si lo hizo fue al solo efecto de curarse en salud, esto es para cubrirse a si misma de cualquier ulterior responsabilidad si el doctor Nisman era objeto de algún ataque; 
p) Pero ello no invalida la decisión política adoptada por la propia Dra. Gils Carbó -mentora del colectivo partidista “Justicia Legítma” de desplazar al fiscal federal doctor Nisman de la Fiscalía Federal especial constituida para investigar el caso AMIA
q) Es un secreto a voces que el doctor Nisman anticipó su regreso de sus vacaciones y regresó al país el 12/01/2015 porque sabía que la Dra. Gils Carbó tenía decidido desplazarlo del caso AMIA y designar en su reemplazo un funcionario alineado con el colectivo “Justicia Legítima”; r) Este razonamiento va en línea con la decisión arbitraria, intempestiva adoptada por la Dra. Gils Carbó el último día hábil del mes de diciembre de 2014 cuando designó nuevos fiscales en abierta violación a la ley, cuando siquiera está vigente el nuevo Código Procesal Penal de la Nación ni tampoco vigente la ley orgánica que le daría operatividad
s) El fallo del señor juez de feria del Fuero Contencioso Administrativo Federal -doctor Enrique Lavié Pico puso freno a tamaña y absurda decisión de la doctora Gils Carbó (de gestión alineada con la comarca presidencial); 
t) En este contexto queda desvirtuados los razonamientos y especulaciones articuladas mediante abstrusas disquisiciones por parte de la Presidente de la Nación Argentina doctora Cristina Fernández de Kirchner.

Guillermo J. Tiscornia
Ex juez en lo Penal Económico. 

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